¿Qué son los AVUs?
Se entiende por Aceites Vegetales Usados (AVUs) a los provenientes, en forma continua o discontinua, de todo establecimiento que genere, produzca, suministre, fabrique y/o venda aceites comestibles que han sufrido un tratamiento térmico de desnaturalización en su utilización, cambiando así las características fisicoquímicas del producto de origen.
Por los cambios sufridos en su composición, los Aceites Vegetales Usados no pueden ser reutilizados para consumo humano dado que no se adecuan a lo que establece el Código Alimentario Argentino. Dentro del alcance de esta definición se incluyen los aceites hidrogenados, las grasas animales puras o mezcladas utilizadas para fritura y los residuos que estos generen.
Los AVUs deben ser desechados de manera apropiada para evitar la contaminación hídrica, la afectación del suelo y los conductos subterráneos de la Ciudad. Asimismo, la gestión y reciclaje de este tipo de residuos permite su reutilización en productos como biocombustibles, jabones y perfumes.
Normativa aplicable
La gestión de Aceites Vegetales Usados en la Ciudad está regulada por la Ley Nº 3.166, el Decreto reglamentario Nº 239/10 y la Resolución Nº 94 APrA/10.
¿Qué es el REGOTAVU?
Con estas siglas se denomina al Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Aceites Vegetales Usados. En él deben inscribirse las personas físicas o jurídicas que tengan por objeto realizar las tareas de generación, recolección, manipulación, almacenamiento y transporte, y finalmente tratamiento y disposición final de Aceites Vegetales Usados.
La Agencia tiene como principal objetivo el de coordinar la unión entre los generadores (principalmente hoteles y restaurantes) los operadores y las empresas dedicadas al tratamiento y disposición final.
Mediante un convenio de cooperación científica y tecnológica, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) colaborará en todo el proceso para la gestión de los aceites y certificar que la tecnología utilizada para el tratamiento de los AVUs sea ambientalmente responsable.
No generadores
Para inscribirse como NO Generador debe presentar el correspondiente formulario de declaración jurada junto con la siguiente documentación:
Inicio y seguimiento del trámite
Usted podrá acercarse a nuestro Modulo de Atención Personalizada (MAP), de 8 a 15 hs en Avenida Belgrano 1429. Allí será atendido por nuestro personal especializado, quien le realizará un chequeo previo de la documentación a presentar. De este modo podrá asegurarse que esté cumplimentando la totalidad de los requisitos solicitados, con la consiguiente reducción de tiempos en el proceso de obtención del Certificado. Solicite su turno aquí.
Se deberá presentar un CD con toda la documentación escaneada a color en formato .PDF y de forma vertical. Es preciso crear un archivo .PDF por cada documento y titularlo. Por ejemplo: un archivo con la declaración jurada, otro con todos los manifiestos, otro con el contrato de locación con la certificación del escribano en original, otro con la tarifaria paga, etc. Además, se deberá presentar una carpeta rosa con la documentación legal certificada. El CD deberá tener en la caratula los siguientes datos: razón social, teléfono, Cuit, Trata, nombre completo y teléfono del responsable técnico.
Instructivo para el armado del CD
| Requisitos generadores | Requisitos operadores | Requisitos transportistas |
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Para el seguimiento del expediente en Mesa de Entradas consulte días y horarios de atención.
Las consultas técnicas (únicamente) se realizan en la sede de la Agencia de Protección Ambiental ubicada en Moreno 1379. Ver días y horarios.
Timbrado
Para iniciar los trámites se requiere previamente se abone el timbrado correspondiente, cuyo formulario para el pago se retira en la sede de la Agencia de Protección Ambiental y se abona en cualquier caja habilitada.
En el caso de los expedientes iniciados en 2010 o años anteriores, si el mismo no cuenta con el pago del timbrado, complete el siguiente formulario en línea y a la brevedad le enviaremos por correo electrónico el formulario para imprimir y pagar el timbrado en cualquiera de las cajas habilitadas.
En todos los casos, no contar con el formulario timbrado correspondiente impide el inicio o prosecución del trámite o actuación.